Compromiso con el pago de las prestaciones sociales de los maestros

Desde el inicio de esta administración, los temas relacionados con el bienestar, la salud y las condiciones laborales del magisterio colombiano han estado de manera prioritaria en la agenda pública. En este sentido, nos permitimos aclarar que frente a la información divulgada en diferentes medios de comunicación sobre el pago de las prestaciones sociales de los docentes del Magisterio, así como el incremento de demandas en contra de la Nación, especialmente por retrasos en el pago de cesantías, que se han acumulado durante las últimas décadas, el Ministerio de Educación Nacional no solo ratifica el compromiso con los docentes del país, sino que comunica a la opinión pública todos los esfuerzos que el Gobierno Nacional viene adelantando en la búsqueda de herramientas administrativas, tecnológicas y de recursos que permitan contribuir a una solución de fondo y sostenible a esta problemática.


Es así, como se debe recordar que, en materia de cesantías, su reconocimiento estaba regulado por normas especiales propias del régimen excepcional de los docentes, no obstante, por vía jurisprudencial se ordenó la aplicación de lo dispuesto por la Ley 1071 del 31 de julio de 2006 que consagra la sanción moratoria cuando no se cumplen los tiempos allí dispuestos, lo que incrementó el número de estas solicitudes y, en consecuencia, las demandas en contra de la Nación. Sin embargo, en esta administración, la cantidad de procesos en contra del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) que se ven reflejados en el sistema único de gestión e información de la actividad Litigiosa del Estado - E-Kogui, vienen siendo objeto de depuración de la información mes a mes, sumado a la exigencia de optimizar la defensa judicial del Fondo y honrar las órdenes de las autoridades judiciales.

En consideración a ello, el Gobierno Nacional, a través de la Ley 1955 de 2019, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 'Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad', dio lugar a: (i) optimizar el trámite operativo para el reconocimiento de las cesantías reduciendo tiempos en casi un 50%; (ii) proteger los recursos del Fondo, permitiendo que cualquier indemnización la asuma el responsable de su causación, al tiempo de mantener la facultad de la acción de repetición para obtener el reintegro de lo pagado por la mora; y (iii) disponer de recursos específicos para el pago de la sanción por mora, por $1.1 billones sin afectar los recursos del FOMAG.


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